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¿Mutua o Reta? Obligaciones en materia de previsión social para Abogados Autónomos

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¿Qué obligaciones existen en materia de previsión social para abogados que ejercen la actividad por cuenta propia?

Conforme se recoge en la Disposición Adicional 18 del RD 8/2015 (Texto refundido de la Ley de Seguridad Social”, antes DA15 Ley 30/1995, los abogados/as que ejercen por cuenta propia, han de elegir, necesariamente entre dos opciones para dar cumplimiento a sus obligaciones en materia de Previsión Social personal:

  • Incorporarse a una Mutualidad de Previsión Social. En el caso de la Abogacía disponen de dos opciones entre las que escoger: “Alter Mutua de los Abogados” o la “Mutualidad General de la Abogacía”. El Abogado/a ejerciente por cuenta propia puede elegir libremente cualquiera de las dos.

O bien,

  • Incorporarse al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social (RETA).

 

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¿PUEDO CAMBIAR DE RETA A MUTUA?

No. Si escoges la opción pública (RETA), no podrás optar, en el futuro, por la opción privada mutual, teniendo que mantenerte en el RETA hasta la jubilación.

 

¿CUALES SON LAS COBERTURAS OBLIGATORIAS?

Si has escogido la incorporación a una mutualidad de Previsión Social en opción alternativa al RETA, tendrás que, en cuanto a las coberturas a tener contratadas y nivel mínimo de las mismas, cumplir lo establecido en la Disposición Adicional 19 del RD 8/2015.

Entre otros aspectos esta Disposición enumera les coberturas que han de tenerse obligatoriamente contratadas (jubilación, invalidez permanente, incapacidad temporal, incluyendo maternidad, paternidad y riesgo de embarazo; y defunción que pueda dar lugar a viudedad y orfandad) y el nivel mínimo de las mismas (60 por 100 de la cuantía mínima inicial que para la respectiva clase de pensión rija en el RETA).

Asimismo, se considerará que se cumple con la obligación de la cuantía mínima de la prestación si las cuotas a satisfacer por el mutualista, cualesquiera que sean las contingencias contratadas con la Mutualidad alternativa, entre las que establece la DA19, equivalen al 80% de la cuota mínima que haya que satisfacer con carácter general en este régimen especial.

 

¿CUAL ES LA OFERTA DE ALTER MUTUA COMO ALTERNATIVA AL RETA?

En Alter Mutua el Plan Alter Profesional es el conjunto de coberturas y servicios que se ajustan a las necesidades reales de los abogados/as incluyendo las coberturas mínimas obligatorias y con la posibilidad de decidir el nivel de protección que desees en cada momento para ti y tu familia.

 

¿CUALES SON LAS VENTAJAS DEL PLAN ALTER PROFESIONAL ALTER MUTUA RESPECTO AL RETA?

¿QUÉ DIFERENCIA HAY ENTRE LA CUOTA DE AUTONOMOS Y LA CUOTA DEL PLAN ALTER PROFESIONAL DE ALTERMUTUA?

¿CÓMO PUEDO CALCULAR MI CUOTA EXACTA CON EL PLAN ALTER PROFESIONAL?

Es muy fácil, puedes hacerlo sin ningún compromiso y sólo con tu fecha de nacimiento, a través de este enlace

 

¿QUE PASA CON MIS AHORROS SI DECIDO DEJAR DE EJERCER POR CUENTA PROPIA?

Si pasados dos años, dejas de ejercer por cuenta propia y decides no continuar en Alter Mutua, puedes rescatar el dinero de tu jubilación.

 

¿SI ESTOY EJERCIENDO POR CUENTA AJENA PUEDO CONTRATAR LAS COBERTURAS DE ALTERMUTUA?

Sí, todos los abogados y abogadas, independientemente de su forma de ejercicio, pueden contratar las coberturas de Alter Mutua que necesiten de forma voluntaria y complementaria, además también pueden hacerlo los familiares de los Mutualistas.

 

¿QUE COBERTURAS OFRECE ALTER MUTUA DE FORMA GRATUITA A TODOS SUS MUTUALISTAS?

Todos los Mutualistas de Alter Mutua así como sus familiares tienen acceso, de forma totalmente gratuita, a los Servicios Preferentes de Bienestar:

  • Servicio de Orientación Nutricional
  • Servicio de Atención Psicológica y Orientación emocional, a través de un equipo de psicólogos disponible telefónicamente las 24h del dia.
  • Servicio de Atención psicológica

 

¿NECESITO TENER EL TITULO DE ABOGADO PARA SER MUTUALISTA DE ALTERMUTUA?

No, los estudiantes de Derecho ya pueden darse de alta como Mutualistas de Alter Mutua y empezar a disfrutar de sus ventajas.

 

¿SI TODAVIA TENGO DUDAS ACERCA DE LA OPCION QUE MÁS ME CONVIENE, QUIEN ME PUEDE AYUDAR?

En Alter Mutua disponemos de un equipo de asesores que te orientarán y te informarán de forma profesional y sin ningún compromiso para ayudarte a tomar la decisión acerca de la elección de tu sistema de previsión social.

Puedes dirigirte a ellos escribiendo a asesores@altermutua.com

o llamando al teléfono 93 207 77 75

 

Artículo realizado por AlterMutua

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