Conecta con nosotros

MONTAR UN DESPACHO DE ABOGADOS

La publicidad en la Abogacía. Convencional y no convencional

todojuristas

Publicado

en

El sector legal es uno de los más tradicionales en la actividad económica española. En el año 2001 es cuando el Estatuto de la Abogacía otorga un reconocimiento expreso a la libertad del abogado a realizar publicidad de sus servicios, siempre de forma digna, leal y veraz, con las excepciones de no incitar al pleito, revelar nombres de clientes, prometer resultados u ofrecer servicios a víctimas de accidentes.

En las últimas décadas cada vez son más los abogados y despachos de abogados que dejan atrás prejuicios y avanzan hacía una mayor visibilidad de su profesión y de su negocio jurídico. Ya sea aplicando técnicas de marketing como la creación de campañas de publicidad o la gestión de redes sociales. Aún queda mucho por hacer, la gran mayoría de abogados permanecen en la sombra y no ven como algo positivo la publicidad de su profesión. Algunos despachos si que se han lanzado a crear anuncios en televisión, cuñas de radio o, incluso, algunos despachos han conseguido que deportistas y cantantes promocionen sus servicios. ¿Creéis que este tipo de publicidad perjudica a la abogacía? ¿Qué impresión causa un abogado o abogada en la televisión o en un anuncio?

Desde mi humilde opinión yo opino que no perjudica. Lógicamente, existen formas de publicidad convencionales y otras no convencionales, algunas nos gustarán más que otras. Hay que admitir que muchos anuncios son horteras o excesivamente agresivos. No obstante, nos vamos a centrar en las diferencias entre la publicidad convencional y no convencional. La diferencia entre uno y otra radica en el tipo de público al que va dirigido.

La publicidad convencional engloba aquellos medios de comunicación tradicionales y masivos, enfocados a absorber a una gran cantidad de público, la no convencional está compuesta por medios menos invasivos que se dirigen a un público más concreto y personalizado. Una no tiene porque ser incompatible con la otra. Atentos.

banner

Ejemplos de publicidad convencional:

  • Televisión.

  • Publicidad exterior.

  • Radio.

  • Prensa y revistas.

Un ejemplo totalmente claro es la campaña que lanzó el despacho Arriaga con Iker Casillas. ¿Os acordáis? Estaban presentes tanto en campañas de anuncios de televisión como en carteles en la calle.

Ejemplos de publicidad no convencional:

  • Email marketing. Newsletter.

  • Redes sociales.

  • Campañas de pago con Google Ads.

Otro ejemplo muy claro sería por ejemplo la newsletter del despacho a clientes que se han suscrito y que seguimos de cerca mediante una base de datos. Esta práctica es muy común para mantener al día a tus clientes y colaboradores.

Antes de lanzarte a hacer cualquier tipo de publicidad, ya sea convencional o no, lo que tienes que plantearte es si esa acción va en consonancia con tu plan estratégico. ¿A quién va dirigido ese anuncio? ¿Cuál es su fin? ¿Realmente vale la pena? La publicidad es una herramienta más al servicio del despacho y del profesional del derecho que puede ser una inversión con una gran rentabilidad. En ese sentido, cada negocio jurídico debe ser consciente de sus limitaciones y de sus áreas de acción. Si no tienes presupuesto para invertir en publicidad de pago en televisión o radio, tal vez una inversión factible y productiva sea invertir en campañas de pago en redes sociales. Uno de los principales inconvenientes de la publicidad convencional es la dificultad a la hora de medir su impacto y su retorno de inversión.

Entonces, a la hora de desarrollar una publicidad efectiva debemos partir desde un punto de vista estratégico. A no ser que nos sobre el presupuesto. Nosotros como responsables de la publicidad lo que buscamos son números que justifiquen la inversión y que realmente nos indiquen que estamos haciendo las cosas bien. Una metodología que nos puede ayudar para abordar esta cuestión es fijar los objetivos con una estrategia SMART:

Objetivos que sean específicos, medibles, alcanzables, relevantes y con un tiempo determinado. De esto modo, nuestras acciones publicitarias ya sean convencionales o no, podrán alcanzar unos datos realistas y orientados al éxito. No nos sirve invertir por invertir. Debemos invertir con cabeza y no tener miedo a esta nueva forma de dar visibilidad a nuestra profesión. El mundo está cambiando queridos juristas y realmente están surgiendo nuevas formas de ejercer la abogacía. ¿Por qué ser prudente en la era digital?

yahaira

Yahaira Agredo VelásquezEspecialista en comunicación y marketing jurídico. Colaboradora y community manager de Todojuristas.

[/vc_column][/vc_row]

Artículos relacionados

Últimas entradas

WordPress PopUp Plugin